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Afiliar y Desafiliar un Beneficiario a Famisanar EPS

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Contar con una afiliación dentro del régimen contributivo o el régimen subsidiado, es importante para las personas que se vinculen al Plan Beneficiario de Salud (PBS) o al Plan Complementario (PAC) y para sus familias. Famisanar EPS es una de las entidades con mejor prestigio de atención a sus usuarios, es por esto que cuenta con una gran acogida de colombianos afiliados a su entidad de salud.

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Cada persona afiliada como cotizante , cuenta con el beneficio de afiliar o desafiliar a sus familiares, por medio del registro de novedades y aquí le contaremos todo sobre cómo realizar estos trámites y quienes pueden obtener estos beneficios. 

Si no te encuentras afiliado a Famisanar, te invitamos a que realices tu afiliación a Famisanar en línea y disfrutes los beneficios de esta grandiosa EPS.

¿Cómo Afiliar a un beneficiario a Famisanar EPS?

Como anteriormente lo veníamos mencionando, para afiliar a un familiar es importante realizarlo por medio del registro de novedades y para eso vamos a explicar ¿que es un registro de novedades?

Lo primero que tiene que saber es que en el registro de novedades es donde  se modifica el estado de afiliación del usuario y sus familiares, cuando se pasa de un régimen a otro, cuando se realiza la actualización de datos o cuando hay cambio de Eps.

  • Responsables de realizar estas novedades.
  • Quienes deben estar pendientes de realizar estas novedades a tiempo son los 

Cotizantes dependientes, independientes y personas pensionadas para que así sus familiares y ellos mismos no se vean afectados 

  • El Empleador: es el encargado de realizar todos los trámites que su trabajador tenga o solicite bien sea vinculación o desvinculación a una EPS.
  • El Cotizante Independiente: es quien debe realizar todo este tipo de trámites, tanto como su afiliación, vinculación de beneficiarios o desvinculación porque ya no desea seguir como cotizante independiente.
  • Cuando la persona fallece y es el cotizante, son los beneficiarios quienes deben reportar esta novedad.
  • Régimen Subsidiado: la persona encargada de realizar todas las novedades es el afiliado cabeza de familia.

Donde me dirijo para radicar estás novedades 

Puedes radicar cualquiera de estas novedades en la oficina de Famisanar más cercana, presentando los documentos solicitados de acuerdo al familiar que quieras afiliar.

Familiares que puedo afiliar a Famisanar EPS 

En ocasiones surgen dudas de que personas o familiares tenemos derecho a afiliar para que cuenten con el mismo beneficio de seguridad social con el que contamos nosotros como cotizantes, ya que no pueden ser solo hijos o cónyuges, aquí despejamos todas esas dudas y como debe hacerlo.

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¿Cómo afiliar un recién nacido?

Los recién nacidos siempre quedarán bajo la misma EPS en la que se encuentre su madre, recuerde que siempre es importante contar con el Registro Civil, para realizar este tipo de trámite.

Si el caso es que  la madre falleció durante el parto, el menor quedará amparado  bajo la protección de su padre o quien obtenga la custodia, de esta manera se realizará la afiliación a la EPS, de la persona encargada. 

Si el padre es cotizante y pertenece a un régimen especial o al régimen contributivo debe esperar 30 días como mínimo, para realizar la novedad de inclusión del menor. Pero si su madre vive y tiene EPS diferente a la del padre y es cotizante el menor quedará registrado en ella, no importa que EPS tenga el padre.

¿Cómo afiliar a mi cónyuge?

Se puede afiliar a la pareja estable no importa si son del mismo sexo o diferente, llenando los requisitos de la novedad de inclusion. 

¿Cómo afiliar a hijos menores de 25 años?

En este caso no solo se puede afiliar a los hijos menores de 25 años,  también a hijos con discapacidad sin importar el rango de la edad, manifestando que son  personas que dependen económicamente del cotizante o que se encuentran culminando sus estudios. 

¿Cómo afiliar a hijos entre 18 a 25 años?

Como lo mencionamos anteriormente si dependen del cotizante económicamente los puede afiliar presentando la novedad.

¿Cómo afiliar a los hijos de mi cónyuge?

Esto se realiza por medio del registro de novedades y  si cumple  las condiciones que ya hemos venido mencionando.

¿Cómo afiliar a los hijos de beneficiarios?

De igual manera, como ya lo hemos mencionado anteriormente, si cumple con los requisitos puede realizar la novedad de inclusión, para los hijos de la pareja estable. 

¿Cómo afiliar a los hijos menores de 25 años  e hijos con discapacidad permanente?

En los casos donde  los padres fallecen y los menores de 25 años o con discapacidad permanente pasan a responsabilidad del cotizante a depender económicamente de él.

Se debe tener en cuenta que para realizar esta afiliación se puede tener hasta tercer grado de consanguinidad con el cotizante 

Por otro lado, el cotizante también tiene derecho afiliar a sus padres siempre y cuando no se encuentren pensionados, ni afiliados como cotizantes a ninguna EPS  y que dependan económicamente del  afiliado.

También menores de 18 años que fueron entregados con la custodia al afiliado, deberá corroborar esta información con certificado entregado por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) o un Juzgado de familia. 

¿Cómo afiliar a los hijos adoptivos?

Los hijos adquiridos por medio de esta condición, pueden gozar de este beneficio cuando el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar que es la entidad encargada de entregar a nuevas familias estos niños, hayan generado su certificado de adopción legal, al cotizante afiliado. 

¿Cómo afiliar cuando haya  2 cotizantes en la familia?

Uno de los 2 cotizantes puede afiliar a sus padres, los cuales dependan económicamente de él y no sean cotizantes ya que de esta manera se pierde el título de cotizante y se debe cancelar un valor a la unidad de Pago por Capitación (UPC), ya que es un valor que el sistema de Salud acepta para así asegurar la atención de cada uno de los afiliados.

¿Cómo afiliar a mis nietos?

Siempre y cuando los el padre o la madre  tengan la condición de estar afiliados como “hijos” y sean menores de 25 años se podrá dar la opción de afiliar a los nietos y pagar un excedente dependiendo el régimen a que se esté afiliado . 

¿Cómo afiliar a mis hermanos?

Si los padres son los beneficiarios y el hermano es menor de 25 años, se puede realizar  su afiliación,  sin pago adicional de la Unidad de Pago por Capitación (UPC). 

Si el hermano tiene una discapacidad que supere el 50% y el padre esté vinculado como beneficiario, también puede conservar la afiliación dentro del grupo familiar. 

¿Cómo afiliar a mis sobrinos?

Si el padre cumple con el requisito de ser menor de 25 años y aparezca  dentro del grupo familiar de su hermano,  el cotizante puede afiliar al sobrino  

¿Cómo afiliar a otros miembros dependientes?

Se pueden afiliar pagando un aporte adicional correspondiente a la Unidad por Capitación, dependiendo su edad y  si es hombre o mujer, la persona que se desea incluir adicional en el grupo familiar,

Que se encuentren en 4to grado de consanguinidad máximo por ejemplo (abuelos tios, nietos, bisnietos, sobrinos suegros o cuñados) y para que goce de los mismos beneficios el cotizante deberá afirmar que el afiliado estará mínimo 2 años afiliado al grupo familiar y cancelar el aporte de la UPC  que se le asigne. 

Requisitos para Afiliar Beneficiarios a EPS Famisanar

En este espacio le contaremos qué requisitos necesita para la afiliación de sus familiares.      

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Requisitos para afiliar a un recién Nacido

  1. Registro Civil o certificado de nacido vivo. 
  2. Formato de novedad de afiliación, reportando la novedad.  
  3. Encuesta de derechos y deberes.

Requisitos para afiliar a mi cónyuge

  1. Formato de novedad de afiliación, reportando la novedad. 
  2. Encuesta de derechos y deberes 
  3. Certificado de matrimonio o declaración juramentada que certifique la unión marital 

Requisitos para afiliar a hijos menores de 18 a 25 años, hijos de mi cónyuge, hijos de beneficiarios, Cuando existan dos cotizantes en el núcleo familiar, nietos o hermanos.  

  1. Formato de novedad de afiliación, reportando la novedad 
  2. Encuesta de derechos y  deberes 
  3. Aporte a la Unidad de Pago por Capitación (UPC) 
  4. si son menores de 18 años, adjuntar copia de la tarjeta de identidad
  5. Si son mayores de 18 años, adjuntar copia de cédula de ciudadanía.  

Requisitos para afiliar a hijos de cualquier edad con incapacidad permanente, fallecimiento de los padres o que hayan perdido la custodia o hijos adoptivos

  1. Formato de novedad de afiliación, reportando la novedad 
  2. Encuesta de derechos y  deberes 
  3. Certificado o declaración donde se demuestre que está a cargo del cotizante,
  4. En caso de fallecimiento, Acta de defunción de los padres.

¿Cómo Desafiliar un Beneficiario a Famisanar EPS?

Para llevar a cabo este trámite debe tener en cuenta los siguientes requisitos ya que la persona quedará por fuera del grupo familiar.

Trámite y radique los siguientes Documentos:

Adicionalmente tenga en cuenta que según sea el vínculo con el cotizante deberá presentar estos documentos:

  • Cónyuge: Debe presentar el acta de  divorcio o documento en trámite, de no conocer su paradero solo debe pasar un escrito donde manifieste paradero desconocido del beneficiario y si es pareja estable, acta donde manifieste que ya no se encuentran viviendo juntos. 
  • Hijos menores de 18 años: documento donde se demuestre que ya pertenece a otro grupo familiar.
  • Hijos menores de 18 años sin grado de consanguinidad con el Cotizante: presentando un certificado el cual manifieste la desvinculación del grupo familiar, este certificado sólo será tomado en cuenta cuando lo haya expedido un ente de control como:
  • Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.
  • Fiscalía.
  • Secretaria Distrital de Salud.
  • Comisarías de familia.
  • Hijos mayores de 18 a 25 años: Se desvinculan por voluntad propia en la mayoría de los casos y es porque ya son cotizantes dentro de la misma entidad o cambian de EPS.
  • Padres por inclusión de cónyuge o compañero: El cotizante debe enviar una carta a la entidad por escrito y firmada, solicitando el retiro de sus suegros.
  • Padres por inclusión del hijo: El cotizante envía una carta a la entidad firmada, solicitando la desvinculación de sus padres. 
  • Desvinculación de Beneficiarios por Fallecimiento: El cotizante debe enviar acta de defunción del beneficiario.